PEDIDO DE COLABORACIÓN

Asociación Civil de Afectados por Vacunas (en formación) 8 de Junio de 2020  A Usted, que está con preocupación por la situación sani...

lunes, 22 de junio de 2020

Acciones que se Pueden Tomar.

ACCIONES QUE SE PUEDEN TOMAR 
(se recomienda asistencia profesional de un abogado):

En la clínica: es una cuestión contractual, dialogar con el personal médico para comprobar la afinidad en cada área respecto de las prácticas que se pretenden.

Ámbito administrativo: presentarse ante el Ministerio de Salud u organismo correspondiente.

Acciones judiciales: 1. por amparo (existen distintas subclasificaciones de amparo); y 2. la acción preventiva.
 
Ante los daños: a) acciones indemnizatorias por negligencia profesional y responsabilidad civil; y b) posible comisión de delitos como el de lesiones y negligencia médica
Acercarse y colaborar con ASOCIACIONES como acción institucional.

miércoles, 10 de junio de 2020

Objetivos de ACdAV









La Asociación se constituye con el Objeto de:

1. ASISTENCIA A AFECTADOS POR VACUNAS: 
Brindar asistencia a los afectados por vacunas, fármacos en general, alimentos o contaminación medioambiental ya sea en la prevención de efectos adversos, así como en la reparación de daños médicos, económicos y judiciales, midiendo la intensidad y magnitud de tales daños, y velando por la aplicación de la ética médica en el ámbito de la salud, contribuyendo al progreso de las ciencias y disciplinas involucradas en el control e investigación de todos los factores asociados a enfermedades y asistencia respecto de todo tipo de afectaciones a la salud derivadas del acto vacunal, resguardando el cuidado de los padres en ejercicio de la Patria Potestad sobre sus hijos y de los responsables respecto de personas de la tercera edad velando por el ejercicio de sus derechos consecuentes sobre todo en materia sanitaria. Ayudar y acompañar a personas o grupos sociales en situación de riesgo y víctimas de vacunas o de factores asociados a enfermedades, asesorando, colaborando e instrumentando medios de solución en los aspectos sanitarios, jurídicos, económicos, psicológicos y culturales de la problemática que éstos pudieran padecer, así como desarrollar toda otra labor vinculada o derivada de todos los puntos enumerados como objeto social siempre que tienda al mejor cumplimiento de sus fines. 

2. POLÍTICA SANITARIA: 
Promover espacios de discusión y elaboración de proyectos de políticas de Estado en materia sanitaria, económica, jurídica, política y social referidas a la salud, propendiendo al crecimiento y desarrollo de Servicios médicos de asistencia y control de factores asociados a enfermedades en todo el territorio de la Argentina, conforme a las necesidades regionales. Brindar colaboración y/o asesoramiento a las autoridades Sanitarias Provinciales, Nacionales e Internacionales en función del interés del objeto social y a la resolución de los problemas asistenciales locales y regionales, dentro del marco legal. Desarrollar tareas ligadas a la transparencia en la gestión pública, el acceso a la información pública, y la difusión de los derechos de la ciudadanía respecto de las vacunas, del consentimiento informado, y de todo tipo de terapias preventivas y curativas de enfermedades. 

martes, 9 de junio de 2020

Contracara N°34 - Defensa legal ante la nueva Ley de Salud.

Juan Manuel Soaje Pinto entrevista al Dr. Emilio Nazar Kasbó, abogado y director del Periódico El Pregón de La Plata, y miembro integrante de la "Asociación Civil de Afectados por Vacunas" (en formación). Nos explica los argumentos legales ante la nueva Ley de Salud que implica la obligatoriedad de una vacunación masiva universal, sin tener claramente conocimiento de los componentes de las vacunas que se están aplicando, por ser importadas, y que pueden dañar la salud de los niños, adolescentes y mayores. Siempre tomando las precauciones legales para la decisión personal de acceder y ante los daños colaterales que éstas generen.




PEDIDO DE COLABORACIÓN


Asociación Civil de Afectados por Vacunas (en formación)
8 de Junio de 2020 

A Usted, que está con preocupación por la situación sanitaria de nuestro país, y por el efecto las vacunas y la falta de consentimiento informado que pueda hacerse valer, nos dirigimos para comunicar nuestra actual situación. Básicamente, nuestra Asociación logró desarrollar la Escritura para su constitución, iniciando el trámite de obtención de la Personería Jurídica en la primera semana de diciembre de 2019 con plazo de resolución de 24 horas, pero el Estado incumple con su obligación.

En efecto, a principios del mes de diciembre del pasado año, gracias a sus donaciones, alcanzamos nuestro primer objetivo institucional, a fin de poder iniciar el trámite de reconocimiento de la Personería Jurídica, y en esta oportunidad, una vez más, apelamos a su colaboración que es y será la que nos permita crecer, trabajar por bien común y brindarles respuestas de calidad con respaldo institucional. 

Se inició el trámite, imprimiendo al mismo la más veloz resolución, ya que pudo ser abonada la tasa para el pronunciamiento por el Estado sobre la Personería Jurídica en un plazo de 24 horas, y a pesar del paso del tiempo y del cumplimiento de los requisitos legales, al momento ello no se ha logrado. 

El motivo de la presente es comunicar que, tal como anunciáramos en el informe del pasado 8 de abril, hemos estado realizando un seguimiento exhaustivo de los pasos del trámite de inscripción de la Asociación Civil. Observamos, después de un trabajo de insistencia arduo y pedidos de pronto despacho, que se ha registrado un movimiento con fecha 05/06/2020 de “pase” del expediente del Ministerio de Salud bonaerense al Ministerio de Justicia (Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires), sin novedades de movimiento ni de recepción por parte del ente destinatario.

No obstante, este movimiento que detallamos no termina de otorgar la Personería Jurídica que se halla inmovilizada, la cual es necesaria para el inicio de actividades oficiales, hallándose el Estado en mora respecto al dictado de su resolución. Por tal motivo, es que hemos evaluado y consideramos pertinente el inicio de las acciones legales con motivo del incumplimiento de los plazos y definiciones, habiendo agotado todas las instancias de diálogo y administrativas.

Por ello, resulta necesario que podamos reunir la suma de $ 150.000- (Pesos ciento cincuenta mil) para llevar adelante la batalla legal que las circunstancias nos están obligando a librar. Ello a fin de interponer una acción de amparo por mora del Estado en la resolución.


Quienes quieran colaborar con la causa, pueden hacerlo a través de depósito o transferencia bancaria solicitando datos de la cuenta por mail, o a través de los links de MercadoPago que compartimos más abajo o utilizando PayPal si se encuentran en el exterior.

Necesitamos que nos ayuden a crecer
colaborando con nosotros, en bien de todos.

Desde ya, nuestro agradecimiento a quienes han colaborado y colaboran, para hacer valer nuestros derechos ciudadanos
Les enviamos un cordial saludo, con el compromiso de avanzar sólidamente y con respaldo médico, científico, y también legal.

Comisión Directiva Asociación Civil de Afectados por Vacunas (en formación)


Todas las formas de donación se encuentra en la barra lateral del Blog. Muchísimas Gracias.

viernes, 5 de junio de 2020